Carta enviada a la Ministra per la protecció del corall vermell a la Costa Brava

Podeu trobar tota la informació (carta, suports,…) i adherir-vos en el bloc:  https://protegerelcoralrojo.wordpress.com/

Dª Isabel García Tejerina
Ministra de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
Pº Infanta Isabel, 1-1ª Plta
28071 Madrid

Estimada Ministra Isabel García Tejerina,

Recientemente hemos tenido constancia de que el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (MAPAMA), al que usted representa, ha adjudicado 12 autorizaciones de pesca para la extracción y venta de coral rojo (Corallium rubrum) en aguas de Cataluña [[1],[2]]. Se trata de una actividad extractiva inadmisible puesto que el último informe científico disponible sobre el estado de las poblaciones de coral rojo en aguas de Cataluña considera que el 90% de las poblaciones de coral en estas aguas (tanto en aguas interiores como exteriores) están en un estado de conservación crítico [[3]].

En dicho informe se afirma, además, que la mayoría de las poblaciones se pueden considerar ecológicamente extintas, por lo que la comunidad científica recomienda con carácter de urgencia el cierre de la pesquería de coral rojo mediante el establecimiento de una moratoria de 20 años ampliable. Por otro lado, dada la situación de sus poblaciones, en el 2015 esta especie fue incluida en la lista roja elaborada por la IUCN en la categoría “En peligro de Extinción” [[4]]. Estos motivos impulsaron a la Generalitat de Catalunya, mediante la Orden ARP/59/2017, de 7 de abril, la suspensión temporal de dicha pesquería durante 10 años (concretamente hasta el 31 de diciembre de 2027) [[5]].

Así pues, debido el delicado estado de conservación de esta especie, y en base a las recomendaciones científicas, consideramos que la extracción de coral debería estar completamente prohibida en Cataluña. Sin embargo, el MAPAMA -y en concreto la Secretaría General de Pesca (SGP) conocedora de la situación de las colonias de coral rojo y, de manera general, del elevado grado de sobreexplotación de los recursos pesqueros en el Mar Mediterráneo-, en lugar de apoyar y ampliar las medidas de gestión propuestas en la Orden aprobada por la Generalitat ha preferido decantarse por otorgar nuevas licencias.

Cabe destacar que la decisión por parte de la comunidad autónoma de Cataluña de establecer una moratoria a la pesca de coral rojo (una prohibición que, dicho sea de paso, debería expandirse a otras zonas del Mediterráneo), va en la misma línea que la Comunidad internacional vía las recomendaciones vinculantes de la Comisión General de Pesca del Mediterráneo (CGPM) para la explotación sostenible del coral rojo [[6]], así como otras reglamentaciones internacionales (e.g. Convenio de Barcelona) que buscan favorecer la persistencia de esta especie en el Mediterráneo. Por lo que resulta claramente inadmisible que el MAPAMA, en lugar de apoyar la recuperación de una especie emblemática y de gran importancia ecológica como el coral rojo, dinamite los esfuerzos realizados tanto a nivel regional como internacional.

Por otro lado, el informe científico de 2017 ya indicaba que las poblaciones de coral rojo de la costa catalana no podrían soportar la presión de pesca actual, sin que se ponga en peligro su persistencia [3]. Sin embargo, en este aspecto, el MAPAMA también ha hecho caso omiso de las recomendaciones científicas incrementando el esfuerzo pesquero.

Concretamente, tras la entrada en vigor de la Orden ARP/59/2017, de 7 de abril, el número de licencias pasó a ser de 5 mientras no finalizase la campaña, y posteriormente se establecía la prohibición de pescar coral rojo hasta 2027. Sin embargo, la Orden APM/1101/2017, de 2 de noviembre, ha incrementado el número de autorizaciones en la zona 1 (Cataluña) hasta 12, con una vigencia de dos años. Aumentando el esfuerzo pesquero en más del doble (con respecto a la Orden del 7 de abril). Omitiendo el consejo científico que alerta del grave estado de las poblaciones de coral rojo y la urgencia de establecer una moratoria.

Así mismo queremos resaltar que en la Orden APM/1101/2017, de 2 de noviembre, el Gobierno menciona la moratoria establecida en el litoral de Cataluña por parte de la Generalitat de Catalunya indicando que “Ésta veda, de conformidad a lo regulado por la Disposición adicional segunda del Real Decreto 629/2013 de 2 de agosto, se extiende, mediante la aprobación de esta Orden de manera perpendicular desde las aguas interiores a las exteriores contiguas o adyacentes.”

Dicha Orden prosigue en la Disposición segunda: “(…), se establece en aguas exteriores colindantes con las aguas interiores de Cataluña una veda para la captura del coral rojo, con la misma vigencia que las autorizaciones que se concedan, en el espacio geográfico que a continuación se expone: Aguas exteriores al norte del paralelo de Cabo Bagur en 41º 56’ 90 de latitud norte, hasta la frontera con Francia.”

Las organizaciones aquí firmantes no entendemos por qué se determina la extensión de la veda de manera perpendicular hacia aguas exteriores. De hecho, se trata del primer documento legislativo relacionado con este tema en el que se incluye el término perpendicular. Consideramos que dicho término se ha introducido de manera intencionada para favorecer los intereses de un pequeño colectivo que extrae un recurso altamente sobreexplotado y cuya actividad conlleva graves repercusiones ambientales.

De no utilizarse la condición de perpendicularidad, la prohibición de extraer coral rojo se aplicaría a todas las aguas contiguas o adyacentes, puesto que, según la Real Academia Española, estas aguas corresponden a: Zonas que están tocando otras zonas y Zonas situadas en la inmediación o proximidad de algo, respectivamente.

Sin embargo, al incluirse dicha perpendicularidad, la prohibición de extraer coral rojo incluye únicamente las aguas interiores y exteriores de la zona comprendida entre la frontera con Francia y el Cabo de Bagur, en lugar de hacerse extensible al menos hasta la zona del Maresme o más al sur. Un hecho que consideramos muy grave y que demuestra la falta de voluntad por parte del Gobierno central en velar por la recuperación del coral rojo y mostrando una vez más el interés por parte del MAPAMA de defender los intereses de unos pocos individuos, frente al interés del conjunto de la sociedad.

Por otro lado, hace escasos días hemos recibido notificaciones de que se ha observado actividad extractiva de coral en la zona de les “Illes Formigues”, una lugar que las entidades locales llevamos años reivindicando que se declare área marina protegida. Actualmente esta zona forma parte de la Red Natura 2000 “Litoral del Baix Empordà” y extraer coral rojo de esta área de elevado valor ecológico y patrimonial es otro de los hechos que consideramos completamente inadmisibles. Por estos motivos solicitamos a la Ministra que priorice la conservación del medio natural y del interés del conjunto de la sociedad, frente al interés de un pequeño colectivo, y apueste decididamente un cambio de rumbo en la gestión pesquera aumentando los recursos y los medios disponibles para ampliar el conocimiento científico, garantizar un correcto control y aplicación de las normativas vigentes, y en especial de aquellas políticas que permitan la recuperación de los ecosistemas marinos a niveles saludables (en línea con la Política Pesquera Común, la Directiva marco sobre la estrategia marina, la Directiva Hábitats y el Objetivo 14 de Desarrollo Sostenible, entre otros compromisos y leyes vinculantes).

Por último, y aunque no es nuestra intención criminalizar a todo el colectivo, al menos 5 de los 12 coraleros a los que se les ha otorgado recientemente una licencia, han cometido a lo largo de su carrera profesional una serie de infracciones, algunas de carácter muy grave, por los que han tenido que pasar por los juzgados o incluso prisión. Una de estas personas (Jordi B.) ha estado implicada en una trama de robo de piezas arqueológicas, causando un daño irreparable al patrimonio cultural. Otro coralero (Emilio M.) fue condenado a prisión en Italia por haber permitido la imersión de uno de los miembros de su tripulación, miembro que murió mientras extraían el coral en una zona supuestamente prohibida de Sicilia. Otras dos personas (Rafael C. y Pere S.) han sido denunciadas en varias ocasiones por extraer coral de forma ilegal. Finalmente, uno de los más controvertidos (Josep Maria LL.), además de ser un furtivo reincidente con numerosos expedientes por pesca ilegal, cuenta con denuncias por desobediencia y agresiones a la autoridad.

Así pues, en algunos de estos casos se trata de furtivos reincidentes a los que otorga una y otra vez licencias. Concretamente, en el caso de Rafael C. y Pere S., que fueron sancionados en 2014 con una multa e inhabilitados para la pesca de coral durante tres años y medio [[7]], en principio no deberían haber podido cumplir con el punto 1.6 del Procedimiento de autorización para la obtención de licencias para la pesca del coral rojo. Puesto que en dicho punto se especifica que “No se otorgarán autorizaciones a los solicitantes que hayan sido sancionados en el ejercicio de esta actividad por una resolución firme de cualquier Administración pública, en los 24 meses anteriores a la fecha de la presentación de la solicitud” [2]. Por consiguiente resulta incomprensible que en virtud de la Política Pesquera Común y otras normativas y compromisos vinculantes en vigor se permitan hechos de esta índole.

Por todo lo expuesto, las entidades aquí firmantes exigimos que el Ministerio que usted dirige rectifique y derogue las 12 autorizaciones que ha concedido en la zona 1 (Cataluña), para la venta y extracción de coral rojo en aguas exteriores, puesto que las poblaciones explotadas están en grave peligro. Así mismo, por todos los motivos expuestos, solicitamos que amparen ampliamente la Orden ARP/59/2017, de 7 de abril, en la que se establece la suspensión temporal de la pesquería de coral rojo (Corallium rubrum) y amplíe dicha suspensión a toda la costa de Catalunya.

De no ser así, elevaremos este caso a los organismos nacionales e internacionales competentes por incumplimiento por parte del MAPAMA de las leyes vigentes y compromisos vinculantes sobre la conservación del coral rojo y de los ecosistemas coralígenos y marinos, en general.

 

[1] Orden APM/1101/2017, de 2 de noviembre, por la que se convoca el procedimiento de autorización para la extracción y venta de coral rojo [Disponible en el siguiente enlace].

[2] Procedimiento de autorizaciones de pesca de coral rojo. [Disponible en el siguiente enlace].

[3] Garrabou J., Linares C., Montero-Serra I., et al. 2017. Informe sobre el estado de las poblaciones de coral rojo (Corallium rubrum) en las aguas de Cataluña. Departament d’Agricultura, Ramaderia, Pesca i Alimentació, Generalitat de Catalunya. 39 pp. [Disponible en el siguiente enlace].

[4] THE IUCN RED LIST OF ANTHOZOANS IN THE MEDITERRANEAN. 2016. International Union for the Conservation of Nature and Natural Resources. [Disponible en el siguiente enlace].

[5] Orden ARP/59/2017, de 7 de abril, por la que se reduce el número de licencias para la pesca de coral rojo (Corallium rubrum) durante la campaña 2017 y se establece la suspensión temporal de la pesquería a partir de la finalización de la campaña de este año. [Disponible en el siguiente enlace].

[6] Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 13 de enero de 2015, sobre determinadas disposiciones aplicables a la pesca en la zona del Acuerdo CGPM (Comisión General de Pesca del Mediterráneo). [Disponible en el siguiente enlace].

[7] https://elpais.com/ccaa/2014/05/09/catalunya/1399650744_730405.html

 

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